INTRODUCCIÓN

La Corporación de Eventos, Ferias y Espectáculos de Cali – CORFECALI, en desarrollo de su objeto social y de las funciones que le han sido encomendadas para la organización y ejecución de la Feria de Cali, adelanta el presente proceso de convocatoria pública con el propósito de seleccionar un concesionario especializado que asuma la operación integral del sistema oficial de comercialización de la boletería correspondiente a los desfiles oficiales de la versión sesenta y nueve (69) de la Feria de Santiago de Cali.

La presente convocatoria busca garantizar un proceso transparente, competitivo y objetivo, mediante la selección de un operador que cuente con la capacidad técnica, tecnológica, financiera y comercial necesaria para administrar integralmente el sistema de venta, recaudo, distribución y control de acceso de la boletería, asegurando altos estándares de eficiencia, seguridad, disponibilidad tecnológica, experiencia del usuario y generación de valor para CORFECALI.

INFORMACIÓN GENERAL

RÉGIMEN APLICABLE.

La presente convocatoria se adelanta de conformidad con el Reglamento Interno de Contratación de CORFECALI, los Estatutos de la Corporación, las normas civiles y comerciales aplicables, así como los principios de transparencia, selección objetiva, igualdad, economía, responsabilidad, buena fe, libre concurrencia y eficiencia que orientan la actividad contractual de la Corporación.

NATURALEZA DE LA INVITACIÓN

  1. La presente invitación no constituye oferta mercantil en los términos del artículo 845 del Código de Comercio; por consiguiente, el alcance del presente documento no va más allá de una invitación a presentar propuesta para el evento en mención, la cual podrá ser aceptada o rechazada por Corfecali.
  2. El recibo por parte de Corfecali de cualquier propuesta no equivale a su aceptación ni a la celebración de contrato o negocio jurídico alguno.
  3. Corfecali se reserva el derecho de suspender o terminar en cualquier momento el presente proceso de selección, así como de contratar o no, aún en el evento en que se hayan recibido propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos. Esta decisión se comunicará por el mismo medio mediante el cual se hizo pública la presente invitación.

OBJETO CONTRACTUAL

«OTORGAR LA CONCESIÓN PARA LA OPERACIÓN INTEGRAL DE LOS ABONOS DE LOS DESFILES DE LA 69 FERIA DE CALI.»

ALCANCE DEL OBJETO

La presente invitación tiene por objeto otorgar en concesión la operación integral del sistema comercialización, distribución, recaudo, control de acceso y administración de la boletería y/o abonos correspondientes a los desfiles oficiales que integran la programación de la versión 69 de la Feria de Santiago de Cali, incluyendo las demás actividades necesarias para garantizar la correcta comercialización y control de la boletería, de conformidad con las condiciones establecidas por CORFECALI.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO A CONTRATAR

A continuación, se detalla las especificaciones técnicas de cada uno de las actividades a desarrollar:

PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO

Equipo Operación Integral

Cantidad Perfil Formación académica Experiencia Actividades
50 Auxiliares operación integral Bachiller académico. No requiere experiencia Encargados de toda la operación integral que implica la verificación de la autenticidad de la boletería y/o abonos de los diferentes eventos programados en el marco de la Feria 69.

Para la presentación de la oferta, el Concesionario debe relacionar y adjuntar los siguientes documentos:

  1. Copia de la Hoja de Vida firmada.
  2. Copia de la Cédula de Ciudadanía.
  3. Copia del diploma o certificado de obtención del título bachiller académico.

FUNDAMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y SU MODALIDAD

Conforme a lo establecido en el artículo 15 del reglamento de contratación de la corporación y su anexo (PPE-PD-04), el presente proceso de contratación se realizará mediante la modalidad de CONVOCATORIA PÚBLICA, proceso competitivo en el que pueden participar las personas naturales y jurídicas de que trata el artículo 4 del reglamento de contratación.

Su selección se realizará de conformidad con los factores objetivos dispuestos para este proceso. En lo no regulado particularmente, se rige por las normas civiles y comerciales y las reglas previstas en la invitación, sus adendas y el contrato que se suscriba como producto del proceso de selección.

PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2026, contado a partir de la fecha de inicio de ejecución, previo cumplimiento de los requisitos de legalización y perfeccionamiento del contrato.

LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El lugar de ejecución del contrato es el Distrito Especial de Santiago de Cali, Valle del Cauca.

PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO DEL CONTRATO: El valor estimado del contrato de concesión es una proyección que se realiza de acuerdo a las condiciones técnicas de hoy, las cuales pueden presentar variaciones; esta es, la suma proyectada de $4.760.000.000 CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS MCTE más IVA.

Nota: El IVA del 19% se aplica únicamente sobre el valor de la comisión o tarifa administrativa.

Retribución económica a favor de CORFECALI

El concesionario deberá presentar dentro de su propuesta económica un valor único, fijo y en pesos colombianos, que corresponderá a la contraprestación económica inicial ofrecida a CORFECALI por el otorgamiento de la concesión para la explotación comercial del sistema oficial de boletería.

Dicho valor constituirá uno de los factores de evaluación económica de las ofertas.

Remuneración del Concesionario

Como contraprestación por la operación integral de los abonos de los desfiles de la 69 Feria de Cali, el concesionario tendrá derecho a percibir una comisión equivalente al once por ciento (11%) más IVA del valor bruto de cada abono efectivamente vendido durante la ejecución del contrato.

El ochenta y nueve por ciento (89%) restante corresponderá a CORFECALI.

ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Señores

Corfecali

Av. 2da Norte # 47-02

Presentación de la propuesta para ser el operador de venta de abonos de la 69 Feria de Cali.

Feria de Cali 2026.

Cali

IDIOMA

El idioma oficial del presente proceso de selección es el castellano. Para que los documentos expedidos en idioma diferente al castellano puedan apreciarse como prueba en el presente proceso de selección, se requiere que obren con su correspondiente traducción oficial tal y como lo dispone el Art. 251 de la Ley 1564 de 2012; así las cosas y teniendo en cuenta la circular única de Colombia compra eficiente, los proponentes podrán presentar documentos con una traducción simple al castellano y entregar la traducción oficial dentro del plazo previsto para la subsanación.

En el caso de documentos de carácter técnico que por su misma naturaleza no estén en idioma castellano, se aceptarán siempre y cuando sea suficiente su comprensión, en todo caso la corporación podrá exigir su traducción simple, sin que esto configure una subsanación.

COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN

Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los documentos, presentación de observaciones, preparación y presentación de ofertas, asistencia a audiencias públicas y cualquier otro relacionado estarán a cargo exclusivo de los interesados y proponentes.

CONVERSIONES DE MONEDAS

Los proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.

Si está expresado originalmente en dólares de los Estados Unidos de Norte América los valores se convertirán a pesos colombianos, utilizando para ello el valor de la tasa representativa del mercado correspondiente a la fecha de cierre del balance, certificadas por el Banco de la República, para lo cual el proponente deberá indicar la tasa representativa del mercado utilizada para la conversión.

Si está expresado originalmente en una moneda o unidad de cuenta diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, deberá convertirse a ésta moneda, utilizando para ello el valor correspondiente a la tasa de cambio vigentes entre el dólar y dicha moneda a la fecha de cierre del balance (utilizando para tal efecto la página web http://www.oanda.com en la pestaña Currency Converter, Conversor de Divisas). Hecho esto se procederá en la forma que señala el numeral anterior.

CRONOGRAMA

ACTIVIDAD FECHAS LUGAR
Publicación invitación 14 de julio 2026 Página web: www.corfecali.com.co
Recepción de observaciones a la invitación Desde el 14 de julio al 15 de julio 2026 a las 4:00 pm Correo electrónico: convocatoriascomercial@corfecali.com.co
Respuesta a las observaciones de la invitación – Adendas 16 de julio hasta las 11:59 pm Página web: www.corfecali.com.co
Entrega de propuestas 17 de julio de 2026, en horario de 8:00 AM a 12:00 M y de 2:00 PM a 4:00 PM Oficinas Corfecali: Av. 2da Norte #47-02, Cali.
Evaluación y fijación de orden de elegibilidad de propuestas 21 de julio de 2026 Oficinas Corfecali: Av. 2da Norte #47-02 (Parque de las Orquídeas), Cali.
Publicación de Informe de Evaluación 21 de julio de 2026 hasta las 11:59 pm Página web: www.corfecali.com.co
Presentación de observaciones, si aplica 22 de julio hasta las 4:00 pm Correo electrónico: convocatoriascomercial@corfecali.com.co
Respuesta a las observaciones informe de evaluación 23 de julio 2026 hasta las 11:59 pm Página web: www.corfecali.com.co
Adjudicación 24 de julio de 2026 Página web: www.corfecali.com.co

PUBLICACIÓN DE LA INVITACIÓN

Este documento y sus adendas estarán disponibles en la página web las veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana y en las oficinas de Corfecali en jornada de lunes a viernes, de 8:00 AM a 12:00 M y de 2:00 PM a 5:00 PM.

PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES

Podrán los oferentes remitir cualquier inquietud u observación al buzón de correo electrónico convocatoriascomercial@corfecali.com.co en las fechas estipuladas en el cronograma del proceso.

ADENDAS A LA INVITACIÓN

Durante el proceso de la presente invitación, Corfecali podrá considerar la incorporación de aclaraciones o precisiones que darán lugar a ADENDAS, las cuales se publicarán en la página web de Corfecali.

CIERRE DEL PROCESO Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas deberán entregarse desde la fecha y hora de apertura y a más tardar hasta las hora y fecha límite de cierre y entrega detallados en el cronograma de la convocatoria.

PERÍODO DE VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS

La propuesta deberá tener una validez mínima de tres (3) meses contados a partir de la fecha de presentación de ofertas o cierre del presente proceso de selección.

En caso de no expresar en la propuesta el término de validez de esta, se entenderá como tal el término de vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta.

Durante este período la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla ni modificar los términos o condiciones de esta, so pena de dar aplicación a lo previsto frente a la efectividad de la garantía de seriedad de la propuesta, hasta tanto no se haya legalizado y cumplido los requisitos de ejecución del respectivo contrato.

PROHIBICIÓN DE PRESENTAR PROPUESTAS PARCIALES

Se deberá presentar una oferta que incluya la totalidad de los servicios requeridos por CORFECALI, de acuerdo a lo señalado en la presente invitación y sus adendas, las cuales son parte integral del presente proceso de selección.

IRREVOCABILIDAD DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS

La oferta o propuesta será IRREVOCABLE. Por consiguiente, una vez presentada, no podrá retractarse el proponente, so pena de indemnizar los perjuicios que con su revocación cause a CORFECALI, de acuerdo con lo establecido en los artículos 845 y 846 del Código de Comercio, por lo que una vez debidamente presentada como se indica en este documento se surte el efecto indicado, sin perjuicio de lo previsto en las garantías.

REGLAS DE HABILITACIÓN Y EVALUACIÓN

A. DOCUMENTOS DE LA OFERTA.

Para que se entienda presentada una oferta se deberán allegar mínimo los siguientes documentos:

1. ANEXOS DE LA OFERTA.

Para efectos de realizar la verificación jurídica, financiera y técnica, el proponente debe diligenciar y presentar con la propuesta todos los anexos que hacen parte del documento definitivo de términos y condiciones y adjuntar los documentos establecidos en el siguiente numeral.

2. REQUISITOS HABILITANTES

Si una propuesta no cumple con los requisitos previos exigidos, se informará al proponente que NO CUMPLE y si puede subsanar algún documento pendiente de verificación, se otorgará el plazo para hacerlo. Para el presente proceso de invitación pública los oferentes interesados deberán CUMPLIR con los siguientes criterios de habilitación:

2.1 REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS

Cada propuesta debe contener claramente

1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

La carta de presentación de la propuesta debe contener la intención de participar en el proyecto y además de indicar que conoce y acepta los términos, condiciones y requisitos exigidos, la cual deberá estar suscrita por el proponente persona natural, representante legal de la persona jurídica, Consorcio o Unión temporal debidamente facultado en los términos de ley.

2. AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR

Cuando el Representante Legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, en razón a la naturaleza del negocio o la cuantía, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, de acuerdo con el certificado de existencia y representación legal, o el documento donde acredite su autorización para participar en la contratación, firmar la propuesta y suscribir el contrato en el evento de salir favorecido. Esta observación también es válida para los miembros del consorcio o unión temporal.

3. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL

Las personas naturales nacionales acreditarán su existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía. Las personas naturales extranjeras mediante la presentación de copia de su pasaporte; si se encuentra residenciado en Colombia mediante la presentación de copia de la cédula de extranjería. Si el proponente concurre por intermedio de un representante o apoderado, deberá anexar el documento que confiere aquella, en el que consten expresamente los términos y el alcance de dicha representación.

Si el proponente es una persona jurídica nacional, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio o la autoridad competente. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen y deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar propuesta en este proceso de selección y celebrar el contrato, incluida la facultad para representarla judicial y extrajudicialmente.

En el evento que el proponente sea persona jurídica, debe anexar el correspondiente certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con anterioridad no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de propuestas.

Nota 1: Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada miembro deberá cumplir con los requisitos exigidos en cuanto a capacidad jurídica. El proponente deberá acreditar la existencia del Consorcio o de la Unión Temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, mediante el documento en el que conste que los integrantes expresan claramente su intención de conformar el Consorcio o la Unión Temporal. En el caso en que no exista claridad al respecto, se asumirá que se trata de un Consorcio.

Nota 2: La sociedad deberá haberse constituido como mínimo con cinco (05) años de antelación al cierre del proceso.

4. PROPUESTAS CONJUNTAS – PROPONENTES PLURALES

Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio o unión temporal. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual cumplirán los siguientes requisitos:

5. APODERADO

Los Proponentes podrán presentar ofertas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar el poder, otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado de manera clara y expresa facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a quien(es) representa en el trámite del presente proceso y en la suscripción del Contrato. El poder podrá estar contenido en un documento físico o en un mensaje de datos.

El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica que en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al Proponente y/o a todos los integrantes del Proponente Plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) presentar oferta para el Proceso de Contratación que trata esta Solicitud Privada de Oferta; (ii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la Entidad en el curso del presente proceso; (iii) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso (iv) suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatario así como el acta de terminación y liquidación, si a ello hubiere lugar.

6. Certificado de antecedentes disciplinarios

Del representante legal y persona jurídica o de la persona natural, expedido por la Procuraduría General de la Nación. Igual requisitos se requiere para los representantes del Consorcio y/o Unión Temporal. Vigencia no mayor a 30 días anterior al cierre.

7. Certificado de antecedentes fiscales

Del representante legal y persona jurídica o de la persona natural expedido por la Contraloría General de la República. Igual requisitos se requiere para los representantes del Consorcio y/o Unión Temporal. Vigencia no mayor a 30 días anterior al cierre.

8. Certificado de medidas correctivas

Del representante legal o persona natural, y/o de los representantes del Consorcio y/o Unión Temporal, expedido por la Policía Nacional. Vigencia no mayor a 30 días anterior al cierre.

9. Certificado de Antecedentes Judiciales

Del representante legal o persona natural, y/o de los representantes del Consorcio y/o Unión Temporal, expedido por la Policía Nacional. Vigencia no mayor a 30 días anterior al cierre.

10. Certificado de REDAM.

De conformidad a lo establecido a través de la Ley Estatutaria 2097 del 2 de julio de 2021, y con el fin de verificar si existen deudas alimentarias del proponente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), CORFECALI requiere que se presente expedido con un término no mayor de treinta (30) días calendario el certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM emitido por el MINTIC. En caso de que el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, se encuentre registrado como moroso de deudas alimentarias, se considerará no hábil para participar en el Proceso de Selección.

11. Registro único de proponentes – RUP

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, todas las personas jurídicas nacionales que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes. Para tal efecto, el interesado deberá presentar con su propuesta el documento correspondiente expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, vigente y en firme al momento del cierre.

La fecha de expedición del RUP no debe ser mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista para el cierre.

En el evento que la propuesta la presente un consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito.

12. Certificado de aportes de seguridad social y parafiscales:

El proponente persona jurídica, deberá presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, de acuerdo con los requerimientos de Ley, o por el Representante Legal, bajo la gravedad del juramento, cuando no se requiera Revisor Fiscal, en la que conste el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar (Artículo 25 Ley 1607 de 2012).

Dicho documento deberá certificar que, a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento de este. En este evento el oferente deberá anexar copia del acuerdo de pago correspondiente y el comprobante de pago soporte del mes anterior al cierre del proceso de selección.

13. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Representante Legal de la Sociedad.

El proponente debe adjuntar con su propuesta, copia legible de la cédula de ciudadanía del representante legal, apoderado o quien haga sus veces en caso de que sea persona jurídica o de la persona natural que presenta la propuesta. Para el caso de pluralidad de proponentes, se debe aportar la cédula de los miembros que la integran.

14. Estar registrado en la página web de Corfecali, como proveedor.

15. Demostrar el cumplimiento de la contribución parafiscal de espectáculos públicos

Presentando su declaración, realizar el pago y generar la constancia a través del Portal Único de Espectáculos Públicos (PULEP) Pulep o mediante la DIAN Productores – Pulep – Ministerio de Cultura.

16. Garantía de la Seriedad de la Propuesta:

El proponente deberá presentar, junto con su propuesta, una Garantía de Seriedad por un valor de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000). Esta podrá constituirse mediante una póliza de seguros o una garantía bancaria, sujeta a las siguientes condiciones:

NOTA: La no entrega de la Garantía de Seriedad junto con la propuesta NO será subsanable y constituirá causal de rechazo absoluto de la misma.

2.2 REQUISITO HABILITANTE TÉCNICO

EXPERIENCIA

2.3 REQUISITO HABILITANTE FINANCIERO

A efectos de evaluar los indicadores de capacidad financiera y organizacional, los estados financieros deben contener:

Es decir, deberán contener y expresar de forma clara, expresa e inequívoca el valor de los rubros y cuentas financieras necesarias para evaluar y calcular los indicadores financieros solicitados.

Los estados financieros deberán ceñirse en su estructuración y preparación a la ley, normas y técnicas contables vigentes y a lo establecido en los presentes términos.

NOTA 1: En los estados financieros se debe evidenciar expresamente, por parte del revisor fiscal, cuando esté obligado a tenerlo, la expresión «ver la opinión adjunta» u otra similar, tal y como lo establece el artículo 38 de la ley 222 de 1995.

Los Proponentes deben presentar el Balance General y Estado de Resultados certificados y dictaminados con corte al 31 de diciembre de 2025, debidamente firmados por el Representante Legal, Contador Público y revisor fiscal, cuando aplique; bajo cuya responsabilidad se hubieren elaborado, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley 222 de 1995.

Los oferentes deben presentar sus estados financieros en pesos colombianos.

La capacidad financiera y organizacional de los proponentes se acreditará mediante los indicadores establecidos en el presente numeral.

Para la acreditación de los índices de Capacidad Financiera, los proponentes deberán cumplir con los indicadores así:

a. Capacidad Financiera

Indicador Fórmula Margen o concepto evaluación
Índice de Liquidez Activos corrientes / Pasivos corrientes Mayor(>) o igual(=) a 1 veces el valor máximo de venta de boletería
Índice de endeudamiento Pasivo total / Activo total Menor o igual al 94% del valor máximo de venta de boletería
Razón de cobertura de interés Utilidad operacional / Gastos de interés Igual (=) o Mayor(>) o igual a 2 veces.

b. Capacidad Organizacional

Factor Fórmula Margen o concepto evaluación
Rentabilidad del patrimonio Utilidad operacional / Patrimonio Igual (=) o Mayor (>) al 12% el valor máximo de venta de boletería total
Rentabilidad sobre activos Utilidad Operacional / Activo Total Igual (=) o Mayor al 6% el valor máximo de venta de boletería total

NOTA 1: Para que un proponente quede habilitado en los indicadores financieros deberá cumplir con la totalidad de los indicadores requeridos anteriormente, en caso contrario estará No habilitado.

NOTA 2: Los documentos que serán tenidos en cuenta para la evaluación de requisitos de capacidad financiera son los mencionados en este capítulo y deberán ser allegados junto con la propuesta, los cuales podrán ser susceptibles de aclaración a solicitud y requerimiento del comité evaluador.

NOTA 3: Notas a los Estados Financieros

Se deberán presentar junto al balance y estado de resultados, las notas explicativas de los estados financieros especificando los gastos de intereses. Se deben entregar de manera desagregada el ítem de gastos financieros, con el fin de evidenciar los gastos de intereses individualmente.

NOTA 4: Certificación y dictamen de los Estados Financieros

Corresponde a dos documentos diferentes y separados, suscritos como se indica a continuación:

Certificación de los Estados Financieros: El documento mediante el cual el representante legal y el contador certifican que los estados financieros remitidos a la entidad cumplen lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 222 de 1995.

“El representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de los asociados o de terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.”

La certificación a los estados financieros mínimo deberá estar suscrita por el representante legal y el contador público.

Dictamen: Documento suscrito por el revisor fiscal que los dictamina en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 38 de la ley 222 de 1995.

“Son dictaminados aquellos estados financieros certificados que se acompañen de la opinión profesional del revisor fiscal o, a falta de éste, del contador público independiente que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas.

Estos estados deben ser suscritos por dicho profesional, anteponiendo la expresión «ver la opinión adjunta» u otra similar. El sentido y alcance de su firma será el que se indique en el dictamen correspondiente.

Cuando los estados financieros se presenten conjuntamente con el informe de gestión de los administradores, el revisor fiscal o contador público independiente deberá incluir en su informe su opinión sobre si entre aquéllos y éstos existe la debida concordancia.”

En cumplimiento de la legislación mencionada anteriormente, es necesario que en los estados financieros esté incluida la nota “ver la opinión adjunta” u otra similar, como indicación de la referencia al dictamen. En el caso de las no obligadas a tener revisor fiscal, se considerará válido con la referencia correcta a la empresa, en el documento del dictamen por el contador independiente.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, quien certifica los estados financieros, no puede dictaminar los mismos. De igual manera con lo dispuesto en la Ley 43 de 1990 art 50 y 51 y las normas o leyes que la deroguen, modifiquen o reglamenten.

En concordancia con lo referido en el inciso anterior, los estados financieros deben ser dictaminados por el revisor fiscal; si el ente no se encuentra obligado a tener revisor fiscal, serán dictaminados por un contador público independiente. Circular Externa 030 de junio 1998 J.C.C. y sus modificaciones.

Ahora bien, de conformidad con el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990 y las normas que las cambien, modifiquen, adicionen o reglamenten establece:

“Será obligatorio tener revisor fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente a tres mil salarios mínimos.”

Por lo anterior, si el oferente se encuentra obligado a tener Revisor Fiscal y no generó la respectiva notificación e inscripción ante la cámara de comercio, se considerará no válido el dictamen a los estados financieros y generará causal de rechazo.

Para el caso del dictamen a los estados financieros, este debe mencionar el tipo de dictamen como: dictamen limpio, dictamen con salvedades, dictamen negativo o abstención de dictamen. Este será analizado y verificado en atención al contenido y a la opinión dada, así:

NOTA 5: Para las empresas que estén exceptuadas de contar con Revisor fiscal, teniendo en cuenta normatividad especial, deben suministrar los estatutos y el informe de la auditoría financiera del ente de control según el nivel al que esté adscrito, el cual contenga la auditoría financiera respectiva, del año inmediatamente anterior. En este sentido, los estatutos deberán indicar en el título de control fiscal y control interno, la entidad que ejerce esta función.

NOTA 6: El documento de dictamen debe contener como mínimo los siguientes acápites: a) Identificación de la empresa dictaminada; b) Periodo evaluado; c) Evaluaciones practicadas; d) Fecha de la evaluación; e) Observaciones o salvedades y f) Opinión.

NOTA 7: Fotocopia de la Tarjeta Profesional y Certificado de Antecedentes Disciplinarios.

Se deberá presentar la tarjeta Profesional y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios emitido por la Junta Central de Contadores de los profesionales (Contador Público – Revisor Fiscal, en caso de aplicar) que certifican y dictaminan los estados financieros.

El Certificado de Antecedentes Disciplinarios, deberá tener fecha de expedición no superior a tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre de la etapa de recibo de propuestas e indicar que está actualizado el registro.

REGLAS DE SUBSANABILIDAD

El proponente tiene la responsabilidad y carga de presentar su oferta en forma completa e íntegra, esto es, respondiendo todos los puntos de la Invitación y adjuntando todos los documentos de soporte o prueba de las condiciones que pretenda hacer valer en el proceso. Solamente podrán ser subsanados los requisitos habilitantes, sin que de ninguna manera se constituya o formule una mejora de la oferta. Los requisitos ponderables en ningún caso podrán ser objeto de subsanación.

Si en el marco de la evaluación de la oferta, CORFECALI solicita al proponente la presentación de documentos para efectos de subsanar los requisitos habilitantes, dichos documentos no podrán tener una fecha de expedición posterior a la fecha del cierre de recepción de ofertas.

INFORMACIÓN INEXACTA

CORFECALI se reserva el derecho de verificar integralmente la información aportada por los Oferentes. Para esto, puede acudir a las autoridades, personas, empresas o entidades respectivas.

Cuando exista inconsistencia entre la información suministrada por el proponente y la efectivamente verificada por CORFECALI, la información que pretende demostrar el proponente se tendrá por no acreditada.

CORFECALI, podrá informar a las autoridades competentes en aquellos eventos en los cuales la información aportada tenga inconsistencias sobre las cuales pueda existir una presunta falsedad, sin que el proponente haya demostrado lo contrario, y procederá a rechazar la oferta.

Para que una oferta pase a la etapa de evaluación, el oferente debe CUMPLIR con estos 3 criterios de habilitación:

FACTOR CUMPLIMIENTO
Requisitos habilitantes jurídicos CUMPLE – NO CUMPLE
Requisito habilitante técnico CUMPLE – NO CUMPLE
Requisito habilitante financiero CUMPLE – NO CUMPLE

La verificación de estos requisitos no tendrá ponderación alguna, pero tendrá como resultado el estado de CUMPLE o NO CUMPLE según el caso. Las ofertas que sean calificadas como que CUMPLE en estos criterios, serán evaluadas conforme a lo establecido en el presente documento.

3. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

La evaluación de las ofertas se efectuará a través de un estudio jurídico, financiero y técnico, el cual se realizará dentro de la fecha establecida para el efecto en el cronograma que rige el presente proceso.

Como se ha detallado, primero se hará una verificación inicial respecto del cumplimiento en los requisitos habilitantes los cuales indicarán si el oferente CUMPLE o NO CUMPLE para que su oferta sea evaluada.

Posteriormente, las ofertas o la oferta que CUMPLE con estos requisitos, serán evaluadas en los requisitos de evaluación generando una lista de elegibles, en el que el primer lugar será la oferta que más puntuación tenga y así sucesivamente.

Conforme a lo anterior, las ofertas que sean calificadas como que CUMPLE, se les otorgará puntaje de la siguiente manera:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SU JUSTIFICACIÓN

FACTORES DE EVALUACIÓN PUNTAJE
3.1 Propuesta económica 30
3.2 Experiencia en eventos masivos 25
3.3. Talento Humano Adicional 30
3.4 Implementación de Cámaras de Monitoreo en puntos de ingreso 15
TOTAL 100

3.1 PROPUESTA ECONÓMICA (30 PUNTOS)

Para la asignación de puntaje por el factor económico, los proponentes deberán diligenciar el ANEXO 2 PROPUESTA ECONÓMICA, el cual deberá estar suscrito por el representante legal autorizado dentro del presente proceso de selección y adjuntarse con la presentación de la propuesta.

La evaluación corresponderá al valor de anticipo que otorgue la empresa de boletería, considerando que como mínimo serán 17 graderías a la venta (cada una con 700 puestos, saliendo un mínimo de 11.900 abonos de feria, con 4 boletas por abono) con un valor individual máximo de $400.000 pesos, para un total a recaudar de aproximadamente $4.760.000.000 (cuatro mil setecientos sesenta millones de pesos m/cte). Este valor podría variar según la producción final de graderías.

La evaluación se realizará por el comité evaluador mediante la sumatoria de las calificaciones otorgadas, con base en una escala de 1 a 3, en donde:

Para lo anterior se tendrá en cuenta los valores de cobro tanto en anticipo como en el porcentaje (%) de la boleta y en valor neto de la impresión de la boletería que no sale a venta.

Nota: El abono incluirá el ingreso a 4 desfiles, los cuales pueden variar de acuerdo con las condiciones al momento de ejecutar la Feria de Cali.

3.2 EXPERIENCIA EN PROYECTOS SIMILARES (25 puntos)

La entidad otorgará 25 puntos a los proponentes que presenten junto con la propuesta, hasta cuatro (4) cartas de clientes diferentes a los que el proponente les haya prestado servicios (similares a los del presente proceso), en los últimos tres (3) años, donde se especifique cuál fue el servicio recibido, duración del contrato y calidad del servicio en condiciones favorables o satisfactorias. Estas cartas deberán provenir de contratantes distintos a los presentados para acreditar el requisito de experiencia mínima como criterio habilitante. La oferta que esté acompañada de 4 cartas tendrá el máximo de 25 puntos, y las ofertas que presenten menos cartas tendrán el valor proporcional (6.25 puntos por cada carta).

3.3 TALENTO HUMANO ADICIONAL AL HABILITANTE (30 puntos)

Si el concesionario ofrece el siguiente talento humano adicional al personal mínimo habilitante, se le otorgará un puntaje adicional así:

Descripción Puntaje
Si el concesionario ofrece 3 coordinadores operativos para apoyar, supervisar y solucionar novedades o requerimientos que se presenten durante los diferentes eventos. 5 puntos
Si el concesionario ofrece 6 coordinadores operativos para apoyar, supervisar y solucionar novedades o requerimientos que se presenten durante los diferentes eventos. 10 puntos
Si el concesionario ofrece 10 coordinadores operativos para apoyar, supervisar y solucionar novedades o requerimientos que se presenten durante los diferentes eventos. 15 puntos

Para validar lo anterior el concesionario deberá presentar los siguientes documentos de los coordinadores a evaluar:

  1. Copia de la Hoja de Vida firmada.
  2. Copia de los contratos o certificados donde soporte su experiencia expedida por la entidad o empresa contratante en la que se indique que realizó labores de acuerdo al objeto solicitado. Los certificados de experiencia deben contener como mínimo: nombre, dirección y teléfono del contratante; actividad que realizó, fecha de inicio y fecha de terminación del contrato.
  3. Copia de la Cédula de Ciudadanía.
  4. Copia del diploma o certificado de obtención del título de estudios de pregrado, técnico y/o bachiller.
  5. Adjuntar original de carta de intención de participar en el contrato debidamente firmada por cada una de las personas presentadas como parte de su equipo de trabajo.

3.4 IMPLEMENTACIÓN DE CÁMARAS DE MONITOREO EN PUNTOS DE INGRESO (15 puntos)

El concesionario que presente cámaras de monitoreo para el fortalecimiento de los controles de ingreso con la finalidad de prevenir actos de fraude, soborno e irregularidades se le otorgará un puntaje adicional así:

Descripción Puntaje
Si el concesionario ofrece 2 cámaras de videovigilancia. 3 puntos
Si el concesionario ofrece 6 cámaras de videovigilancia. 4 puntos
Si el concesionario ofrece 10 cámaras de videovigilancia. 8 puntos

Para validar lo anterior, el concesionario deberá aportar un documento en donde se establezcan las especificaciones técnicas junto con la foto de los equipos, la cantidad, y en donde manifieste el compromiso de contar con ellas durante el desarrollo de los diferentes eventos.

CRITERIOS DE DESEMPATE

En caso de empate en la calificación final, se tendrán en cuenta los siguientes criterios para la selección definitiva:

  1. Se seleccionará al proponente que hubiere obtenido mayor puntaje en el concepto de oferta: PROPUESTA ECONÓMICA.
  2. De persistir el empate, se seleccionará al proponente que hubiere obtenido mayor puntaje en el concepto de IMPLEMENTACIÓN DE CÁMARAS DE MONITOREO EN PUNTOS DE INGRESO.
  3. Si el empate persiste, se seleccionará al proponente que hubiera obtenido el mayor puntaje en el concepto de EXPERIENCIA EN PROYECTOS SIMILARES.
  4. Si aún evaluados los criterios anteriores continúa el empate, la selección se definirá de manera aleatoria por el sorteo de balotas en presencia de los proponentes empatados.

CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

La Corporación podrá rechazar propuestas antes de la adjudicación del contrato, en los siguientes casos:

  1. Cuando el Comité Evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes y el proponente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados.
  2. Cuando el proponente se encuentre incurso en algunas de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en cualquier disposición aplicable.
  3. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente, es decir, haya sido presentada después de la fecha y hora fijadas para el cierre del proceso, o se presente en lugar, fecha y hora diferentes a las señaladas en la presente invitación.
  4. Cuando el proponente tenga sanciones vigentes en relación con contratos anteriores, como multas, sanciones pecuniarias, etc., que lo inhabiliten para contratar en los términos del artículo 90 de la Ley 1474 de 2011.
  5. Cuando en cualquier estado del proceso de selección se encuentre información o documentos que contenga datos tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a la Corporación.
  6. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de liquidación de sociedades.
  7. Cuando el proponente haya tratado de interferir o influenciar en el análisis de las propuestas, o cuando el proponente haya tratado de influir indebidamente en la decisión sobre la adjudicación.
  8. Cuando el proponente no cumpla con todos y cada uno de los indicadores financieros.
  9. Cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la propuesta o cualquier intento de fraude o engaño por parte del proponente a la Corporación y a los demás participantes.
  10. Cuando durante el término otorgado para subsanar su oferta se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
  11. Cuando al momento de su presentación no se entregue conjuntamente la garantía de seriedad, pues dicho requisito no es subsanable (De acuerdo al parágrafo 3 del artículo 5 de la Ley 1882 de 2018).
  12. Ante la ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento con fecha anterior al cierre del presente proceso de selección, una vez solicitado por la Corporación, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta y por tanto su RECHAZO.
  13. En todos aquellos casos consagrados de manera expresa en la presente invitación y sus adendas.

DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO

Se declarará desierto el proceso únicamente por los motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista y se hará por medio de aviso en el que se señalará en forma expresa y detallada las razones que condujeron a esa decisión.

Nota. La Corporación podrá aplicar el literal i del artículo 15 del reglamento de contratación.

RETIRO DE LA PROPUESTA

El proponente podrá retirar su propuesta en cualquier momento antes de la fecha y hora de cierre del proceso, mediante comunicación escrita dirigida a CORFECALI. Una vez vencido ese plazo, la propuesta no podrá ser retirada.

ADJUDICACIÓN

En la fecha establecida en el cronograma, CORFECALI adjudicará el proceso mediante documento suscrito por el Gerente, una vez establecido el orden de elegibilidad y resueltas las observaciones al informe de evaluación. La adjudicación recaerá sobre el proponente ubicado en el primer lugar del orden de elegibilidad que cumpla con todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

PARÁGRAFO. La adjudicación será notificada al proponente seleccionado por el medio más expedito, y a los demás proponentes se les comunicará el resultado del proceso.

CONDICIONES DEL CONTRATO

RECAUDO DEL DINERO Y ENTREGA

El oferente ganador estará autorizado para recaudar los dineros en nombre de la corporación. Deberán ser entregados a Corfecali en la liquidación final o según los cortes y condiciones específicas acordadas. Los dineros estarán sujetos a deducciones por pagos autorizados por escrito por la Corporación.

IMPUESTOS Y DEDUCCIONES

En este análisis que soporta el valor estimado del contrato, se indican las variables utilizadas para calcular el presupuesto de la respectiva contratación, teniendo en cuenta las características técnicas de la prestación del servicio, tasas y contribuciones establecidas por las diferentes autoridades y establecidas en las normales legales vigentes que el proponente deberá tener en cuenta para efectos de estructurar su propuesta económica, las deducciones que aplican para el contrato que se derive del presente proceso.

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA

Para efectos del cumplimiento de esta invitación y del objeto del proceso, el contratista se compromete a cumplir, además de las obligaciones inherentes a la naturaleza del mismo y las derivadas de las disposiciones legales vigentes que regulan la actividad, las siguientes:

  1. Ejecutar el contrato adjudicado en los términos y condiciones señalados en la invitación y los documentos anexos en la propuesta presentada por el oferente y de conformidad con las normas legales que lo regulen.
  2. Realizar estrategias de promoción y divulgación de los diferentes eventos que componen la boletería y/o abonos que permita maximizar las ventas.
  3. Disponer de todo el equipo de trabajo, personal logístico y demás insumos requeridos para el cumplimiento del objeto del contrato, para garantizar la disponibilidad inmediata de los servicios.
  4. El concesionario deberá tener la capacidad de reducir al mínimo la reventa de boletas y un sistema que no permita el ingreso de boletas falsificadas, ni sobre aforo de las graderías.
  5. El concesionario conoce, entiende y acepta que, para el correcto desarrollo de la Feria de Cali, Corfecali tendrá diferentes aliados estratégicos para su ejecución, por lo cual no podrá limitar o restringir el libre acceso de estos aliados, previa autorización de Corfecali.
  6. Planear, organizar, administrar y ejecutar, de acuerdo con las instrucciones que al respecto imparta el supervisor, todos los requerimientos para el cumplimiento del objeto contractual.
  7. Cumplir con las condiciones técnicas, jurídicas, económicas, financieras y comerciales exigidas en el contrato.
  8. Tener la disponibilidad de comunicación durante las 24 horas del día los 7 días de la semana con el Supervisor del contrato o quien este designe.
  9. Asistir a las reuniones de coordinación previas a la realización de los eventos cuando lo requiera el Supervisor.
  10. Entregar informes quincenales de la gestión adelantada siempre que se hayan realizado actividades contempladas en el contrato, los cuales deberá hacer llegar al Supervisor.
  11. Suministrar los bienes y servicios necesarios, en donde se requieran, cumpliendo con los parámetros y especificaciones técnicas señaladas en el contrato.
  12. Ejercer directamente actividades de planeación, dirección, supervisión, coordinación y control sobre el personal dispuesto para la ejecución del contrato.
  13. Mantener contacto permanente con el supervisor del contrato.
  14. Solucionar de forma inmediata las novedades que en el desarrollo del contrato se presenten.
  15. Mantener vigentes todos los permisos, licencias y documentos que se llegaren a requerir para la prestación efectiva del objeto contratado.
  16. Responder ante la Corporación cualquier situación administrativa u operativa que se derive de la prestación del servicio.
  17. Mantener la confidencialidad y seguridad en el manejo de la información con ocasión al objeto contratado.
  18. Mantener indemne a la Corporación por cualquier concepto que pueda derivarse de la ejecución del contrato, tales como multas, daños a terceros, entre otros.
  19. Ejecutar el contrato adjudicado en los términos y condiciones señalados en la presente invitación y en la propuesta presentada por el Contratista y de conformidad con las normas legales que lo regulen.
  20. Las demás que se deriven del objeto contractual y todas aquellas que de acuerdo con la naturaleza del contrato establezca la ley y la costumbre.

OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA

  1. Realizar las actividades necesarias para el cumplimiento del objeto del contrato a entera satisfacción, así como las demás actividades que, relacionadas con el objeto del mismo, sean necesarias para lograr los fines buscados.
  2. Atender las consultas que el Contratante o Supervisor hagan sobre la logística integral requerida y los abonos entregados.
  3. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato conforme a las normas legales que rigen la contratación, las especificaciones técnicas del servicio y la propuesta presentada.
  4. Presentar los informes físicos, magnéticos y fotográficos requeridos por área supervisora para el seguimiento de la ejecución tanto del proyecto, como del contrato.
  5. Acatar las órdenes que durante el desarrollo del contrato se le impartan y de manera general, obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales.
  6. Mantener indemne a la Corporación de cualquier daño o perjuicio causado en ejercicio de las actividades plasmadas en el presente contrato.
  7. Entregar los informes de actividades para el seguimiento de la ejecución.
  8. Cumplir con el pago de los aportes a la seguridad social (salud, pensión y ARL) así como de los aportes parafiscales, si aplica.
  9. Obrar bajo los principios de lealtad y buena fe contractual, procurando la protección de los intereses corporativos, comerciales y económicos de las partes.
  10. Todas las demás que sean acordadas para el buen desarrollo del objeto contractual.

OBLIGACIONES DE CORFECALI

  1. Brindar al Contratista toda la información necesaria y las especificaciones claras y precisas en que debe realizar la prestación de sus servicios.
  2. Realizar el debido seguimiento a la ejecución del contrato, garantizando las condiciones de idoneidad y oportunidad de la prestación del servicio por parte del contratante.
  3. Realizar los pagos del valor del contrato, en la forma y los lugares convenidos en este Contrato.

MULTAS

El CONTRATISTA se hará acreedor a multas por no cumplir con las obligaciones pactadas en el presente contrato y/o el Formulario de Términos de Referencia que lo originó, o cumplirlas deficientemente o por fuera del tiempo estipulado; CORFECALI le liquidará y cobrará multas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor total del contrato por cada día calendario de atraso que transcurra desde la fecha prevista para el cumplimiento de dichas obligaciones y hasta el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. La imposición de la multa atenderá criterios de razonabilidad, proporcionalidad y gravedad de la obligación incumplida. El pago o deducción de las multas no exonerará al CONTRATISTA del cumplimiento de sus obligaciones emanadas del contrato.

La imposición de multas se tramitará y se hará efectiva de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.

La imposición de multas se efectuará sin perjuicio del cobro de la cláusula penal pecuniaria de acuerdo con lo pactado en el contrato.

CLÁUSULA PENAL

Si el contratista no diere cumplimiento en forma total o parcial al objeto del contrato o a las obligaciones emanadas del mismo, pagará a la Corporación el 20% del valor del contrato como estimación anticipada de los perjuicios, sin menoscabo de la declaratoria de caducidad del contrato y de la imposición de multas. El contratista autoriza para que la Corporación haga efectivo el valor de la cláusula penal descontando de las sumas que le adeuda en desarrollo del contrato o sobre la garantía, o se cobrará por la jurisdicción coactiva.

CESIÓN Y SUBCONTRATOS

El contrato que se celebra en virtud del presente proceso de selección no podrá ser cedido a título alguno mientras no medie autorización previa, expresa y escrita por parte de la Corporación, puesto que siempre se deberá verificar la idoneidad y experiencia del (la) cesionario (a).

De la misma manera no podrá subcontratar en ningún caso el contrato suscrito resultante del presente proceso de selección.

GARANTÍAS

Con el fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones surgidas en favor de la Corporación con ocasión de la celebración del contrato y su liquidación, y los riesgos a los que se encuentra expuesta la Entidad, el concesionario deberá constituir por su cuenta y costo, una garantía (artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015) a favor de la CORPORACIÓN DE EVENTOS FERIAS Y ESPECTÁCULOS DE CALI NIT. 800152075-6, que cubra los siguientes riesgos:

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las diferencias y conflictos que surjan en desarrollo del objeto contractual se solucionarán a través de los mecanismos de conciliación y transacción del derecho privado.

INDEMNIDAD

El contratista mantendrá indemne a CORFECALI contra cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.

Se consideran como hechos imputables al contratista todas las acciones u omisiones de su personal y de sus subcontratistas y proveedores y del personal al servicio de cualquiera de ellos, los errores y defectos de sus diseños, mala calidad de los elementos, materiales, mano de obra y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales.

En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra CORPOVALLE por asuntos que al tenor del contrato sean de responsabilidad del contratista, éste será notificado lo más pronto posible para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a CORFECALI.

Si en cualquiera de los eventos antes previstos el contratista no asume debida y oportunamente la defensa de CORFECALI, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y éste pagará todos los gastos en que el contratante incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere el contratista, CORFECALI tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista por razón de los servicios objeto del contrato o a utilizar cualquier otro mecanismo legal para tal propósito.

PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El presente contrato se perfecciona con el acuerdo sobre el objeto, el plazo y precio; para su legalización del registro presupuestal y para su ejecución se requiere la aprobación de las pólizas.

Para la realización de cada pago además de verificar lo anterior y el cumplimiento del contrato, el supervisor designado verificará que el contratista acredite que se encuentra al día con el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social.

SUPERVISOR DEL CONTRATO

Para todos los efectos legales y contractuales, la supervisión del contrato resultante del presente proceso de selección estará a cargo de la Gerencia Comercial o de quien designe por escrito el Gerente, y quien deberá cumplir lo preceptuado en el Manual de Contratación de la Entidad.

RELACIÓN DE FORMATOS Y ANEXOS

Agradecemos su interés en la presentación de propuestas,

En constancia se firma en Santiago de Cali, a los catorce (14) días del mes de julio de dos mil veintiséis (2026).

FELIPE SALCEDO VACCA
GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL
CORFECALI

Proyecto: Paola Andrea Torres Castrellón – Gerente Comercial
Revisó: Zamandha Aurora Gelvez García – Directora Jurídica
Chrystel Cataño Urquiza- Profesional Financiera
Rolando Patiño – Director Operativo

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